Aquellas personas residentes en el municipio, propietarios de animales (perros), calificados como potencialmente peligrosos según normativa de aplicación. Tienen la consideración de perros potencialmente peligrosos los que presenten una o más de las siguientes circunstancias:
- Perros que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu,Akita Inu.
- Perros que han tenido episodios de agresiones a personas o a otros perros.
- Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
- Aquellos cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las que se describen a continuación:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.